Colegio Mayor Universitario San Agustín

No actúes con debilidad, ni tampoco con audacia.

Colegio Mayor Universitario San Agustín

Ten como miembro de la familia a los que están bajo tu potestad.

Colegio Mayor Universitario San Agustín

No seas excesivo en el castigo, ni tacaño en el perdón.

Colegio Mayor Universitario San Agustín

Sé tolerante con los que tienden a mejorar y precavido con los que tienden a empeorar.

Colegio Mayor Universitario San Agustín

Da honor a quien se lo merece, aunque él no lo desee.

Colegio Mayor Universitario San Agustín

Normas de régimen interno - Curso 2011-2012

I. NATURALEZA Y FINES

1. El Colegio Mayor San Agustín es un centro universitario adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, que proporciona residencia a los estudiantes y promueve la formación integral de la persona en orden a su inserción activa y responsable en la sociedad.

2. Se rige por el Reglamento de Centros de la Universidad Complutense de Madrid, sus Estatutos propios, aprobados por dicha Universidad, y el Reglamento de Régimen Interno.

3. Fue inaugurado el curso académico 1962 – 1963 y, desde su apertura, está dirigido por los Agustinos, instituto religioso de la Iglesia católica inspirado en los valores evangélicos y el humanismo cristiano, según el espíritu de san Agustín.

4. Los fines del Colegio Mayor San Agustín según el artículo 5º de sus Estatutos son:

a) Proporcionar los medios para conseguir una más lograda formación humana, cultural, científica, cívica y social, religiosa y ética.

b) Fomentar un espíritu de solidaridad y convivencia social, sentido de responsabilidad, espíritu de servicio y dedicación a la tarea literaria o científica.

c) Formar a sus colegiales en un espíritu de respeto y fomentar en ellos una sensibilidad social, así como una mejor capacitación profesional.

d) Facilitar a sus colegiales una formación académica profesional complementaria de los estudios específicos de la Universidad.

e) Proporcionar a los colegiales alojamiento y ambiente adecuado para lograr el desarrollo pleno de su personalidad.

f) Establecer los cauces adecuados para una participación directa de los colegiales en la vida colegial y en la organización de las tareas formativas y deportivas.

g) Formar colegiales sensibles y solidarios con los problemas sociales de la comunidad en la que viven, de forma que contribuyan personalmente a lograr una comunidad más libre, justa y fraterna, en la que sea posible cada día una más plena realización de la dignidad humana.

h) Procurar que arraigue sólidamente en los colegiales un espíritu de austeridad y disciplina, de amor al estudio y a la superación constante, de servicio a los demás, conforme con el lema del Colegio “Dilige et quod vis fac” (“Ama y haz lo que quieras” San Agustín, Tratados sobre el Evangelio de San Juan 7, 8 ).

5. Los órganos de Gobierno del Colegio Mayor San Agustín según el artículo 12 de sus Estatutos son: El Patronato; el Director; la Comisión Directiva, formada por el Director, Subdirectora, Secretario-Administrador y Orientador pedagógico-pastoral; y con carácter consultivo, el Consejo Colegial, formado por los representantes elegidos por los colegiales; y el Capítulo Colegial integrado por la Dirección y todos los colegiales.

II. RÉGIMEN DE CONVIVENCIA

6. La libre elección de este Colegio Mayor San Agustín supone respetar y cumplir este Reglamento y las directrices de la Dirección, así como las normas que rigen la admisión, permanencia, uso, funcionamiento y convivencia en el Colegio Mayor.

7. El colegial actuará con responsabilidad dentro del marco propio de la vida del Colegio y conforme a lo estipulado por la Universidad Complutense de Madrid, por los Estatutos del Colegio, aprobados por dicha Universidad, y por el presente Reglamento de Régimen Interno.

8. El colegial guardará el debido respeto y consideración hacia los demás colegiales y personas que estén vinculadas al Colegio Mayor.

9. La actitud, comportamiento y vestuario del colegial serán los correctos en el comedor y zonas comunes.

10. El colegial hará un uso adecuado de todos los objetos, muebles, servicios, instalaciones y dependencias del Colegio Mayor.

11. Están prohibidas las reuniones, tertulias o cualquier otra actividad que perturbe el estudio o el descanso en el pabellón de las habitaciones.

12. El colegial deberá cuidar y mantener limpia la habitación, sus instalaciones y enseres. No están permitidos microondas, sandwicheras, resistencias, ni cualquier otro utensilio para cocinar.

13. Para colocar cualquier cartel en la pared de la habitación, únicamente podrán utilizarse chinchetas y no otro tipo de adhesivo.

14. No se permite la entrada a personas ajenas al Colegio en el pabellón de las habitaciones sin permiso de la Dirección, a excepción de los familiares directos de los colegiales.

15. El colegial facilitará el acceso a la habitación a la Dirección y empleados del Colegio, por razones de limpieza, seguridad y mantenimiento de las instalaciones.

16. Las pernoctaciones fuera del Colegio deberán ser notificadas por medio de los partes de salida y entrada.

17. Cuando el colegial regrese al Colegio después de la 1:00 de la madrugada, deberá firmar el parte de entrada nocturna.

18. Siempre que el colegial se ausente del Colegio, depositará la llave de su habitación en Recepción.

III. REGIMEN DE ESTUDIO

19. En el pabellón de habitaciones se cuidará el silencio para no perturbar el estudio o el descanso de los demás colegiales, especialmente desde las 23:00 horas hasta las 8:00.

20. El silencio es obligatorio, en todo momento, en la biblioteca y aulas de estudio.

21. La dedicación al estudio es un imperativo ético de todo universitario, de modo que el trabajo responsable es requisito para la continuidad en el Colegio.

22. La asistencia a las clases de las respectivas Escuelas, Facultades o Colegios Universitarios será obligatoria.

23. Los colegiales entregarán las calificaciones a la Dirección cuando ésta las solicite.

IV. ACTIVIDADES COLEGIALES

24. El Colegio tiene como actos solemnes, la apertura y la clausura del curso académico, de obligada asistencia para los colegiales, vistiendo traje formal. También deberán asistir a los actos y capítulos colegiales que la Dirección califique como obligatorios.

25. Las actividades culturales y deportivas están coordinadas por un delegado acompañado de su comisión. El delegado es elegido por los miembros de la comisión y sus funciones son:

a) Programar creativamente la propia actividad de acuerdo con el presupuesto asignado.

b) Buscar los medios para alcanzar los objetivos fijados.

c) Promover la máxima participación y competencia en cada actividad programada.

26. Cada colegial deberá participar activamente, al menos en dos comisiones.

V. VIDA RELIGIOSA

27. Desde el máximo respeto a la libertad religiosa de cada colegial, este Colegio Mayor ofrece la posibilidad de una educación cristiana de estilo agustiniano.

28. El Colegio ofrecerá, además de los servicios religiosos programados desde la Dirección, la atención pastoral solicitada por los colegiales. Todos los domingos y fiesta se celebrará la eucaristía, a las 21:00 horas, en la capilla del Colegio.

VI. RÉGIMEN DISCIPLINARIO

29. Se establecen tres tipos de faltas que serán sancionadas según los criterios siguientes:

a) Las faltas leves, se sancionarán directamente por la Dirección mediante el correspondiente apercibimiento.

b) Las faltas graves, darán lugar a la apertura de expediente disciplinario, tras cuya instrucción, la Dirección impondrá una sanción proporcional a la gravedad de los hechos cometidos.

c) Las faltas muy graves, serán sancionadas con la expulsión inmediata y definitiva.

d) Las expulsiones definitivas serán inapelables y, después de la notificación por parte de la Dirección, el colegial tendrá 24 horas de plazo para abandonar el Colegio.

30. Se considerarán faltas leves:

a) Infringir las normas sobre limpieza e higiene de las habitaciones y zonas comunes.

b) Participar en cualquier actividad que perturbe la convivencia, el estudio y el silencio.

c) Permanecer en las zonas comunes con personas ajenas al Colegio después de la media noche sin la correspondiente autorización.

d) Fumar en el edificio del Colegio, incluidas las habitaciones.

e) No observar los deberes establecidos en este Reglamento cuya sanción no constituya falta grave o muy grave.

31. Se considerarán faltas graves:

a) La no asistencia a los actos colegiales que la Dirección clasifique como obligatorios.

b) Incumplir las instrucciones y órdenes de la Dirección del Colegio.

c) Faltar al respeto a los otros colegiales o al personal del Colegio.

d) El bajo rendimiento académico por falta de dedicación al estudio.

e) La falsificación en la entrega de las calificaciones cuando la Dirección las solicite.

f) La no asistencia habitual a clase.

g) La inhibición sistemática en la colaboración activa en la vida del Colegio y comisiones.

h) Entrar en la habitación de otro colegial sin su permiso.

i) Deteriorar intencionadamente la habitación, muebles o enseres del Colegio, así como cualquier acto que pueda producir daños en el edificio o sus instalaciones.

j) El uso indebido o abusivo de los medios electrónicos, informáticos o telefónicos puestos al servicio de los colegiales (acaparamiento del ancho de banda, llamadas internas inoportunas...).

k) Estar o llegar ebrio al Colegio, así como la tenencia o consumo no autorizado de alcohol en su recinto.

l) La realización de cualquier acto o manifestación dentro o fuera del Colegio que pueda afectar a la reputación y buen nombre del mismo.

m) La participación directa o complicidad en la práctica de “novatadas”.

n) No comunicar las pernoctaciones fuera del Colegio.

ñ) No firmar o falsificar los partes de entrada nocturna y de pernoctación fuera del Colegio.

o) Tener o introducir animales en las habitaciones.

p) La comisión de tres faltas leves en un periodo inferior a un curso académico.

32. Se considerarán faltas muy graves:

a) Cualquier acto que pueda poner en peligro la integridad de las personas que se encuentren en el Colegio.

b) La comisión de actos constitutivos de delito o falta tipificados en el Código Penal.

c) La tenencia o el consumo de cualquier tipo de drogas o sustancias estupefacientes.

d) La sustracción de objetos pertenecientes a los compañeros o al Colegio.

e) Permanecer en las habitaciones con personas no autorizadas.

f) La permanencia de colegiales en el área de colegialas del pabellón de habitaciones y viceversa. La sanción será aplicada a las personas que se encuentren reunidas y no tendrá ninguna excepción.

g) La comisión de dos faltas graves en un periodo inferior a dos cursos académicos.

VII. DISTINCIONES COLEGIALES

33. Según el artículo 31 de los Estatutos del Colegio, son colegiales con dignidad de beca, aquellos a quienes la Comisión Directiva acuerde conceder este título en atención a sus condiciones humanas, académicas o especial dedicación a la vida colegial.

34. La Dirección concederá la medalla del Colegio Mayor San Agustín a aquellos colegiales que finalicen sus estudios universitarios.

VIII. DERECHOS COLEGIALES

35. Ser colegial del Mayor San Agustín da derecho a:

a) Alojamiento y manutención en el Colegio según lo especificado en los servicios y condiciones económicas.

b) Uso de las instalaciones del Colegio.

c) Ser miembro del Capítulo Colegial.

d) Promover, cooperar, asistir y participar en las actividades científicas, académicas, culturales, sociales y deportivas fomentadas por el Colegio Mayor.

e) Formular ante la Dirección cuantas iniciativas, sugerencias y reclamaciones considere oportunas, y colaborar con ella a través del Consejo o del Capítulo Colegial.

f) Recibir información relacionada con cualquier cuestión que afecte a su estancia en el centro.

formulario

Solicitar una plaza

Solicitar una plaza

Buen expediente académico, adjuntando la certificación académica de los dos últimos cursos y el certificado de haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) si se inicia la carrera.

Colegio Mayor Universitario San Agustín

Avda. Séneca,7
28040 Madrid
91 550 50 00
colegio@cmusa.net

Desarrollado por Destak2